Por ley las facturas deben contar con tres copias a parte de la original , pero pueden poseer mas para uso interno de cada empresa.
cada una de estas copias tiene un destino:
Original - Cliente. Se entrega al comprador.
Duplicado - S.I.I. Queda en poder del vendedor.
Triplicado - Control Tributario. Se entrega al comprador
Cuadruplicado- cobro ejecutivo cedible . depende de la forma de pago puede quedar para el comprador o vendedor .
* el cobro ejecutivo se incorporo en el año 2004 su finalidad es dar la opción de ceder el cobro de la factura a un tercero como por ejemplo una empresa de factoring.
en el caso de que el comprador no cancele en el minuto la factura y lo haga al crédito este ejemplar queda en poder del vendedor ya que con este documento puede ceder la deuda a un tercero y usarla como un medio de pago (factoring).
si la factura es cancelada de inmediato el cuadruplicado se debe entregar al cliente.
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